¿Tienes un conflicto? Me gustaría que te convencieras para acudir a mediación. Espero poder transmitirte las ventajas del sistema:
Somos mediadores y creemos firmemente en la mediación como vía alternativa para resolver conflictos. Además, nos encanta porque es muy gratificante ayudar a “otros” y la satisfacción que sientes cuando logras terminar con un acuerdo es indescriptible.
Ya te adelanto que el mero hecho de convencerte para acudir a mediación y dar comienzo al proceso, es una gran paso para vosotros, que sois las partes. Significa una clara voluntad de encontrar una solución y pasar página. ¡Enhorabuena a todos los que dais este paso!
Es muy frecuente que suene el teléfono en la oficina y escuchemos al otro lado la voz de alguien que ha oído hablar de la mediación, que quiere saber más, ver si su caso podría tener salida a través de la mediación… Y entonces lo ve claro. ¡La mediación puede ser su solución! Hasta ahí, todo va bien, pero “¿quién habla con la otra parte? ¿Lo hace el mediador? ¿tendría que hacerlo yo?”… Estas preguntas las respondemos a diario.
La Ley 5/2012 de Mediación en asuntos civiles y mercantiles no dice nada al respecto. En su artículo 16 se refiere a la “solicitud de inicio” de la mediación de la siguiente manera:
“Artículo 16. Solicitud de inicio.
- El procedimiento de mediación podrá iniciarse:
- a) De común acuerdo entre las partes. En este caso la solicitud incluirá la designación del mediador o la institución de mediación en la que llevarán a cabo la mediación, así como el acuerdo sobre el lugar en el que se desarrollarán las sesiones y la lengua o lenguas de las actuaciones.
- b) Por una de las partes en cumplimiento de un pacto de sometimiento a mediación existente entre aquéllas”.
Por tanto, el procedimiento realmente empieza cuando hay una solicitud de inicio del proceso para lo cual se precisa común acuerdo entre ambas, dado que es un proceso voluntario. El común acuerdo debería ser previo a la solicitud de inicio del proceso. Sin embargo, lo normal es recibir llamadas para solicitar información sobre el proceso de mediación sin que todavía exista acuerdo previo. Quizá la otra parte no ha oído hablar de la mediación como forma alternativa de resolución de conflictos.
Nosotros siempre recomendamos a la parte que se interesa por la mediación que informe a la otra parte de la opción de la mediación, pero es cierto que son muchos los casos en los que nos solicitan que seamos nosotros quienes contactemos con la otra parte debido a la inexistente comunicación que tienen. Si no se hablan, ¿cómo va a proponerle resolver el conflicto que tienen en mediación? Para poder contactar con la otra parte, les solicitamos que accedan a nuestro formulario de solicitud de inicio de mediación online (https://www.mediandoconflictos.es/solicitud-inicio-mediacion/).
Por eso, en muchas ocasiones contactamos con la otra parte interesada en el proceso para explicarle qué es la mediación y en qué podría ayudarle. Los mediadores, llegados a este punto, nos encontramos frecuentemente con desconfianza hacia nosotros cuando hablamos con la otra parte. Y si nos ponemos en su pellejo y pensamos que no saben nada de la mediación, ni del papel del mediador…, ¿cómo va a confiar en el mediador que le contacta? Y a esto hay que añadir que le estamos llamando de parte de “la otra parte” del conflicto, ¡persona con la que quizá no se habla!
Éste es uno de los motivos por los que muchos procesos mediables no avanzan a la primera y necesitan más tiempo. Aunque con el tiempo, muchos vuelven a interesarte por el proceso y dan el paso al frente.
Por eso desde este post quiero tranquilizar a todas las partes que son contactadas por el mediador y que se enteran de la mediación a través del mediador. Puede que sea la parte con la que tienes el conflicto quien te hable de la mediación o puede que seamos nosotros, los mediadores, los que contactemos contigo con el objetivo de convencerte para acudir a mediación porque la otra parte está interesada en buscar una solución al conflicto y le gustaría comenzar el proceso de mediación. ¿Y sabes por qué quiero tranquilizarte?
Por el principio de imparcialidad y el de neutralidad. Como mediadores la Ley 5/2012 dice expresamente que debemos ser imparciales y neutrales. Ya dedicamos otro post a estas características obligatorias que debe tener todo mediador (https://www.mediandoconflictos.es/la-neutralidad-e-imparcialidad-del-mediador/). Pero resumidamente, no estamos a favor ni de unos ni de otros y además no vamos a ser nosotros los que demos un veredicto o dictemos una sentencia. En la mediación el objetivo es que las partes consigáis llegar a un acuerdo gracias a la ayuda del mediador, y ten por seguro, que utilizaremos todas las herramientas a nuestro alcance para facilitar la comunicación. Pero seréis vosotros, las partes en conflicto, quienes tendréis que estar de acuerdo o desacuerdo. No vais a hacer nada que no queráis. Es más, ni siquiera va a avanzar el proceso si no estáis de acuerdo, debido a la voluntariedad que rige todo proceso de mediación.
Pero no lo dudes, una vez más convéncete para acudir a mediación si tienes un conflicto. Acude a la sesión informativa y decide ahí si te interesa seguir adelante o no con el proceso.
Todos tenemos unas vidas muy complicadas y acudir a mediación puede ser una buena salida para resolver aquello que te preocupa. Y si no lo resuelves, al menos lo habrás intentado y algo habrás avanzado.
Espero que quien lea este post, a partir de ahora lo tenga claro: ¡Debes acudir a mediación. No pierdes nada! Todo son ventajas.
Imagina por un momento que logras el acuerdo. ¿Cómo te sentirías? Y ahora acude a un notario con ese acuerdo para protocolizarlo y darle el mismo valor jurídico que una sentencia. ¿No te parecería increíble? Y todo gracias a la mediación, un sistema que además es rápido y económico. Y además, puede que ahora no sea tu preocupación principal, pero en un proceso de mediación se va a trabajar para mejorar de nuevo las relaciones personales.
¿Y qué pasa si no hay acuerdo? Nada. Se firma un acta al final de la mediación en la que se indica que no se ha logrado alcanzar el acuerdo. Y siempre tendrás vía libre para presentar una demanda judicial.
La mayoría de mediadores e instituciones de mediación en España, publican tarifas de honorarios muy razonables para la llamada Sesión Informativa. Si quieres saber más sobre el coste de una mediación, tanto de la sesión informativa como del proceso completo, puedes consultar este artículo o descargar nuestras condiciones y honorarios.