La mediación en los conflictos de herencia
La mediación ha venido para ayudarnos a resolver, sin juicio, los problemas de herencia. Los conflictos de herencia son complicados. Se mezclan los sentimientos con las razones. Y ni la Ley (el Código Civil o Derecho Foral) ni la Administración de Justicia tienen siempre la solución. En el mejor de los casos, una sentencia firme pone fin a un pleito, pero no al conflicto que subyace, lo que termina en familias descompuestas y enfrentadas para toda la vida. Ni la Ley ni la Administración de Justicia tienen la solución a los conflictos de herencia, ni en plazo ni en coste.
Sin embargo, la libre voluntad de las partes encauzada por un mediador hacia el acuerdo, permite la superación del conflicto. Este es el nuevo paradigma de solución de disputas hereditarias, apoyado en la prometedora ley 5/2012 de mediación civil y mercantil. Prometedora sí, pero todavía de limitada aplicación práctica por la falta de penetración en nuestra sociedad. Al desconocimiento de los ciudadanos, hay que unir también la falta de estímulos y de experiencia de la abogacía, a pesar de los dictados del código deontológico, para sugerir a sus clientes el intento de solución por esta vía pacífica.
Y es que, ante un problema de herencia, la mayoría de las veces pretendemos resolver el conflicto intentando imponer nuestra “razón”, por encima de cualquier otra consideración. Muchas veces encontramos que es la ley la que nos da la razón, otras veces, aunque no sea la ley, entendemos que es de justicia (cada uno teniendo su propia interpretación de lo que es justicia) y las más de las veces, nuestra razón la encontramos en nuestra propia interpretación de lo que es o debería ser -“mi padre nunca quiso decir lo que pone en el testamento”, “mi hermano no quiere reconocer el préstamo que recibió en vida de mi padre”- y otros problemas de similar consideración.
Cuando se consulta a un abogado, olvidamos que éste no es el juez. Olvidamos que la otra parte también tendrá sus abogados que escudriñarán cada resquicio en busca del argumento legal definitivo. A fin de cuentas el rol de los abogados, hasta de los de causas perdidas, es encontrar o intentar hacer valer posiciones legales convincentes a los ojos de un tercero llamado juez. Por eso nunca podemos estar al ciento por ciento seguros del resultado de un pleito, incluso en el caso de contar con la favorable redacción de la ley, siempre sujeta a interpretación.
Hace poco preguntaba a una amiga si había resuelto ya el problema que tenía con sus hermanos por la herencia de su madre. ¡Qué va! Me respondió. ¡Si no me hablo con mis hermanos! ¡El asunto lo llevan mis abogados! Tres años ya y el asunto sin avanzar. Cada hermano con sus abogados y el juez en medio. Cuando se dicte sentencia, es seguro que alguno la recurrirá. ¿Qué soluciones caben?
¿Habéis probado a intentar solucionar la herencia con la intervención de un mediador?, le pregunté
Yo soy tu amigo y no puedo intervenir en tu caso, salvo que tus hermanos lo aceptasen, cosa que considero improbable dada nuestra relación de amistad de tantos años, pero déjame recomendarte a un compañero. Asiste, en compañía de tus hermanos, a una reunión informativa previa, cuyo coste es irrelevante en tu caso, y luego me cuentas tu experiencia.
El primer paso hacia el éxito del proceso, es darse cuenta de que lo importante es el acuerdo y no quedar por encima del “adversario”. Cuando cada parte se plantea la cuestión en términos de ganar y perder, el resultado es que pierden todos. Por eso, cuando las partes solicitan el servicio de mediación, se sorprenden de que el mediador les explique que se trata de buscar una solución válida para todos y que lo importante es el gana-gana, es decir, una solución sin vencedores ni vencidos. Por eso, la primera pregunta que los mediadores hacemos a las partes va encaminada a averiguar si la predisposición de las partes puede conducir o no a un acuerdo, o su cerrazón impide la utilización de la mediación como herramienta.
Con ocasión de nuestra intervención, como abogados y representantes de una rama de la familia en una herencia con un elevado número de beneficiarios a título de herederos y legatarios, vivimos hace poco una agradable experiencia.
Con el fin de evitar “choques” sugerimos desde el principio llevar a cabo las operaciones particionales con la máxima transparencia y ecuanimidad, compartiendo, al instante, toda información de que dispusiéramos. En lugar de perseguir intereses partidistas, propios del abogado de parte, y con el acuerdo de nuestros clientes, adoptamos un rol más propio del mediador. No era un caso de mediación, por cuanto no se había originado (todavía) ningún conflicto, pero nuestra experiencia como mediadores nos ayudó a encauzar el tema desde el principio buscando el gana-gana de todas las partes. A las pocas semanas, sin pretenderlo, nuestra actuación nos permitió ganarnos la confianza de todas las partes, y nos encontrábamos representando a todos los interesados. Un caso que tenía todas las papeletas para haber derivado en problemático –y judicial- se convirtió en un mero trámite de gestión. El resultado: en tres meses cada uno de los beneficiarios tenía a su nombre su parte de herencia y gozaba de su libre poder de disposición, a la par que una familia unida, feliz y agradecida.
Convertir conflictos hereditarios en meros trámites de gestión, ese es nuestro objetivo.
Puedes ver también nuestro artículo sobre familias rotas por culpa de la herencia.
La mayoría de mediadores e instituciones de mediación en España, publican tarifas de honorarios muy razonables para la llamada Sesión Informativa. Si quieres saber más sobre el coste de una mediación, tanto de la sesión informativa como del proceso completo, puedes consultar este artículo o descargar nuestras condiciones y honorarios.
Si tienes dudas sobre el proceso de mediación, no dejes de consultar nuestra página de preguntas frecuentes o ponte en contacto con nosotros.
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